El BOJA de 27 de junio publicaba la convocatoria de la Orden de 24 de mayo de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
Las obras que pretendan acogerse a esta subvención no podrán estar comenzadas con fecha anterior a la del registro de la solicitud. Las personas que decidan iniciar las obras tras la solicitud deberían ser informadas de que no tienen garantizada la concesión de la subvención. Durante el desarrollo de las actuaciones, podrán realizarse visitas por técnicos de la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda, con el objeto de comprobar que se han ejecutado o se están ejecutando aquellas obras que fueron valoradas para la obtención de la subvención.
Estas subvenciones podrán ser solicitadas por personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
Además de lo expuesto anteriormente se requerirá:
Pueden consultar la Orden AQUÍ.
Para más información, recogida de solicitudes y entregta de las mismas, pueden acudir a :
Igualmente puede ser informados/as en la propia Delegación:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 27 de julio de 2017.