ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL

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ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL

#Ciudadanía 16/06/2020

A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, mediante los servicios del INSS, desde el lunes 15 de junio se puede solicitar este nuevo ingreso, según fue publicado en el BOE de 1 de junio.

El Gobierno pretende con esta prestanción garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias facilitando para ello un nivel mínimo de renta a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad.

La Seguridad Social pone a disposición de las personas interesadas un simulador (visible AQUÍ) mediante el cual contestando a una serie de preguntas podrá saber, antes de presentar ningún dato, si puede tener derecho a esta ayuda o no.

Para tramitar la solicitud el INSS pone a disposición de la ciudadanía 4 canales posibles:

Formulario con identificación electrónica (certificado digital o usuario y contraseña).

Formulario sin necesidad de certificado digital ni usuario.

Por correo postal, dirigido a cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Presencialmente, con cita previa en el INSS.

Adjuntamos AQUÍ una guía del procedimiento a realizar por vía telemática.

Para aquellas personas que tengan dudas a la hora de la tramitación aconsejamos la presentación presencial, pidiendo cita a partir del 1 de julio en el teléfono 901 106 570 (a la sede del INSS que más cómodo le resulte desplazarse: Lora del Río, Carmona o Sevilla)

A grandes rasgos se requiere:

  • Edad entre 25 y 65 años (salvo algunas excepciones).
  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al año inmediatamente anterior.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, lo que se acredita teniendo en consideración su patrimonio y su nivel de ingresos y rentas.
  • Haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que pudieran tener derecho, en los términos que se fijen reglamentariamente. Quedan exceptuados los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
  • Que la unidad de convivencia este formada desde hace un año.
  • Figurar inscritas como demandantes de empleo, en el caso de personas mayores de edad o menores emancipados, que no estén trabajando.
  • Además de estos requisitos generales deberá reunir una serie de condiciones referidas a sus circunstancias personales y/o a las de su unidad de convivencia.

Aún solicitándola hasta 15 de septiembre, los efectos económicos del cobro se retrotraerán al 1 de junio de 2020 (si los requisitos se cumplían a dicha fecha). Una vez presentada la solicitud, el plazo máximo para resolver es de tres meses, con silencio administrativo negativo (si no han contestado en ese plazo, se entiende desestimada la solicitud). Aprobada la ayuda, se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en la Ley.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social pone a disposición de la ciudadanía un teléfono gratuito para atender consultas sobre este Ingreso Mínimo Vital, el 900 20 22 22 , disponible de 9 a 14:30 h. También podrá resolver dudas mediante el chat box ISSA, que aparece en el enlace facilitado en la primera línea de esta noticia.

El Ayuntamiento de Tocina pone sus recursos a disposición de la ciudadanía, pudiendo pedir más información sobre esta ayuda en Servicios Sociales mediante cita previa (teléfono 954741823) donde también podrá recoger la solicitud, disponible AQUÍ. Igualmente si precisa escanear documentación o prefiere presentarlo de forma telemática (sin certificado ni claves) y no dispone de equipo informático, puede pedir cita previa en el centro Guadalinfo para utilizar un ordenador (teléf. 954741881).

Más información sobre requisitos económicos, cuantías, etc, en la web de la Seguridad Social.

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